Fue aprobado el día 24 de abril del 2023 por la Cámara de Diputados, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, la Cámara emisora fue la de Senadores (12 de abril), será la Tercera norma jurídica más importante de México después de la nuestra Constitución y la Ley de Amparo entrará en vigor de forma total a más tardar el 1° de abril de 2027.
¿Por qué aprobar el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares?
Esta Normativa busca establecer procedimientos homologados en todo el país para dirimir las controversias entre particulares.
La importancia de este Código radica en que la materia civil y la familiar están relacionadas con los asuntos más comunes para las personas —la llamada ‘justicia cotidiana’—. De hecho, de acuerdo con el más reciente Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal del INEGI, más de 70% de los asuntos ingresados en primera instancia en todos los poderes judiciales estatales en 2022 fueron en estas materias —29.8% en civil y 42.4% en familiar.
También se debe considerar que la norma procedimental civil suele ser un instrumento normativo que se aplica en suplencia para otras materias, lo que amplía la cantidad de procesos potencialmente afectados a nivel nacional por la falta de este cuerpo normativo, a la falta de actualización de los códigos procesales civiles y familiares les dificulta a los poderes judiciales estatales la implementación de nuevas herramientas y medios digitales para impartir justicia en esas materias. Estas soluciones tecnológicas, necesarísimas en tiempos de pandemia, en la mayoría de los casos no se encuentran reguladas en sus códigos.
Se incorporan este tipo de prerrogativas en el Código Nacional es porque pueden fomentar la digitalización de la justicia en todo el país, o ése debería ser su objetivo. En ese sentido, debe ser un documento aspiracional, pero consciente de las carencias institucionales y de la desigualdad entre poderes judiciales. Por ello, que algunas disposiciones serán de obligatoriedad gradual, y que el texto permita la existencia de sistemas y herramientas digitales nacionales homologados e interconectados, que puedan surgir de un esquema de cooperación entre todos los poderes judiciales que potencie las herramientas ya existentes y apoye a los poderes que no estén en posibilidad de generarlas por su cuenta.
Una opción será la generación de un sistema de gestión automatizada de expedientes interconectado entre poderes judiciales locales, el federal y otras instituciones de la administración pública, tales como el registro civil, el registro de la propiedad o los sistemas de seguridad social.
Otro paso que podra ser significativo es la creación de una firma digital nacional, que podría agilizar procesos no sólo judiciales de hecho, sino también de trámites administrativos. A nivel nacional, ya se cuenta con la e-firma del SAT, por lo que podría ampliarse su uso o generarse específicamente una firma nacional. En todo caso, lo cierto es que si existiera una firma generalizada y única que permita realizar varios trámites administrativos se daría un empuje decisivo a la justicia digital.
Una de las características muy positivas es que busca simplificar los trámites judiciales e impulsar la oralidad en las materias civiles y familiares. Por su parte, además de contemplar la oralidad para ciertos procedimientos, la propuesta del Poder Judicial de la Ciudad de México destaca por incorporar la obligación de utilizar lenguaje sencillo y de lectura fácil en las audiencias y sentencias de procesos en línea, las sentencias dictadas en procesos de orden familiar y en diversas etapas de los procesos físicos relacionados con personas con discapacidad. Aunque consideramos que el uso de lenguaje sencillo debería emplearse en todos los procesos en todas las materias y en todas sus etapas, esta propuesta nos parece un paso muy decisivo hacia un mayor acceso a la justicia.
Autor de texto: Lic. Bruno F Domínguez Manzi