Nuevo Decreto Subsidio al Empleo

8 May

Estimado Cliente, por medio del presente Boletín Informativo, hacemos de su conocimiento que fue publicado en el Diario oficial de la Federación el pasado 1 de mayo del presente año, un Decreto que otorga y sobre todo actualiza los parámetros con los cuales se les venía pagando el subsidio al empleo a los trabajadores.

Antecedentes

En las consideraciones de dicho Decreto, la autoridad señala que, el subsidio al empleo ha actuado como un beneficio fiscal diseñado para apoyar a los trabajadores remunerados con bajos ingresos, ha sido calculado mediante una tabla que establece su monto en función del nivel de ingresos de dichos trabajadores. Hasta el 30 de abril 2024 ésta se encontraba contenida en el artículo 1.12 del DECRETO que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, así como podemos observar a continuación:

Sin embargo, debido al incremento del salario mínimo actual, se ha provocado la obsolescencia del subsidio al empleo en los últimos períodos, ya que el rango de ingresos contenido en dicha tabla quedó superado al establecer como salario mínimo un monto superior a los $7,382.33 establecidos como monto máximo en dicha tabla.

Actualización del Subsidio

Es por esto por lo que, este pasado 1ro de mayo 2024, el ejecutivo del estado emitió un decreto que modifica los parámetros para otorgar subsidio al empleo.

En sustitución de la tabla que hemos visto anteriormente, el subsidio al empleo corresponderá  al 11.82% del valor mensual de la UMA, , monto que asciende a $390.12 (108.57 UMA X 30.4 X 11.82%), aplicable de manera uniforme a todos los trabajadores cuyo salario mensual no exceda los $9,081.00; es decir, cómo podemos observar el subsidio al empleo ya no se determinará en términos del monto de los ingresos de los trabajadores, si no que, se aplicará de manera uniforme a todos los trabajadores que ganen menos del tope establecido (los 9,081.00 pesos); esto, señala el ejecutivo, con el  propósito de disminuir su ISR a cargo de cada uno de ellos.

A continuación, podemos apreciar lo comentado:

De igual manera se establece que el subsidio al empleo se podrá aplicar hasta por la cantidad que cubra el monto de ISR a cargo, sin que se entregue cantidad alguna por dicho concepto.

Conclusiones:

Al quedar oficialmente derogado el artículo 1.12 del “Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa”, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013, recomendamos actualizar los papeles de trabajo existentes con el fin que estos cumplan con los parámetros establecidos por la autoridad competente, eliminando las tarifas utilizadas previo a las modificaciones comentadas en el presente boletín.

Es importante recalcar que este decreto entró en vigor el 1ro de mayo de 2024, por lo que los próximos cálculos de nómina deberán reflejar ya estos cambios.

Muy atentamente,

DG&H Fiscal