Estimado cliente:
Por medio del presente, hacemos de su conocimiento que el pasado 1 de mayo de 2026 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de reforma a la jornada laboral 2026, mediante el cual se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, introduciendo cambios relevantes en la duración de la jornada laboral y en las obligaciones de los empleadores.
A continuación, se exponen los aspectos más relevantes de la reforma:
1. Reducción gradual de la jornada laboral
Se establece una disminución progresiva de la jornada semanal, conforme al siguiente calendario:
2026: 48 horas
2027: 46 horas
2028: 44 horas
2029: 42 horas
2030: 40 horas
Esta implementación gradual permitirá a las empresas ajustar sus procesos operativos de manera progresiva.
2. Jornada diaria
Se mantiene la duración máxima diaria:
8 horas jornada diurna
7 horas jornada nocturna
7.5 horas jornada mixta
No obstante, el límite semanal será el que determine la carga real de trabajo.
3. Horas extraordinarias
Se incrementa gradualmente el límite de horas extraordinarias permitidas, hasta llegar a 12 horas semanales en 2030. Asimismo, se mantiene la obligación de pago:
100% adicional dentro del límite legal
200% adicional en caso de excederlo
4. Nueva obligación: registro electrónico de jornada
Se incorpora una nueva obligación patronal consistente en:
Registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada trabajador
Incluir hora de entrada y salida
Conservar y proporcionar dicha información a la autoridad cuando sea requerida
El registro electrónico tendrá valor probatorio pleno, siempre que se acredite que fue acordado entre trabajador y empleador.
Esta obligación entrará en vigor el 1 de enero de 2027, quedando sujeta a lineamientos que emitirá la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
5. Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de la obligación de registro electrónico podrá ser sancionado con multas que van de 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
6. Prohibición de reducción salarial
La reforma establece expresamente que la reducción de la jornada laboral no podrá implicar, en ningún caso, disminución de sueldos, salarios o prestaciones de los trabajadores.
7. Implicaciones para las empresas
Derivado de lo anterior, se prevén impactos relevantes, entre ellos:
Ajuste en la organización de turnos y jornadas
Incremento potencial en costos laborales
Necesidad de implementar sistemas de control de asistencia confiables
Posibles revisiones en contratos individuales y colectivos
8. Recomendaciones
Se sugiere a las empresas iniciar desde ahora:
Diagnóstico de sus esquemas actuales de jornada
Evaluación e implementación de sistemas electrónicos de control de asistencia
Revisión de contratos laborales y reglamentos internos
Planeación operativa para la reducción progresiva de la jornad.
Nuestro despacho se encuentra a su disposición para brindar asesoría especializada en la implementación de estas nuevas disposiciones y en la prevención de contingencias laborales.
Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes.