REFORMAS CONSTITUCIONALES Y NUEVO REGLAMENTO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN JULIO 2015

7 Ago

Durante el mes de julio de 2015, en el Diario Oficial de la Federación destacaron Las siguientes publicaciones:

FECHA

DEPENDENCIA TEMA

SÍNTESIS

02/07/2015

SEGOB

Se reforman los párrafos cuarto y sexto del artículo 18 y el inciso c) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Facultad de la federación y las entidades federativas para crear un sistema integral de justicia para los adolescentes, que será aplicable a quienes se atribuya la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad. Este sistema garantizará los derechos humanos que reconoce la Constitución para toda persona.

El proceso en materia de justicia para adolescentes será acusatorio y oral, en el que se observará la garantía del debido proceso legal, así como la independencia de las autoridades que efectúen la remisión y las que impongan las medidas. Éstas deberán ser proporcionales al hecho realizado y tendrán como fin la reinserción y la reintegración social y familiar del adolescente, así como el pleno desarrollo de su persona y capacidades. El internamiento se utilizará sólo como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda, y podrá aplicarse únicamente a los adolescentes mayores de catorce años de edad, por la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito.

 

Ver artículo completo en la siguiente página:

 

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5399103&fecha=02/07/2015

 

06/07/2015

SECTUR

Expedición del Reglamento la Ley General de Turismo

 

Ver decreto completo en la siguiente página:

 

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5399483&fecha=06/07/2015

 

10/07/2015 SEGOB

Se reforma el artículo 73, fracción XXI, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Artículo 73.I. a XX. 

XXI. Para expedir:

a) Las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como electoral.

 

Ver artículo completo en la siguiente página:

 

 

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5400163&fecha=10/07/2015

 

 

 

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