Con fecha 25 de agosto, se publicó en la página del SAT la séptima resolución de modificación a la RMF y su anexo 1-A esto es en su versión anticipada; dentro de los cambios mas importantes podemos observar los siguientes:
- Se agregan supuestos por los que no procederá la reducción de multas en términos del artículo 74 (Regla 2.14.6)
- Se modifican las condiciones para que surta efectos la condonación de multas (2.14.7)
- Se agrega procedimiento de reducción de multas tratándose de incumplimiento de obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, con motivo de la vigilancia en materia de presentación de declaraciones (2.14.15)
- Se establece que el uso del complemento carta porte será obligatorio a partir del 1 de enero de 2023
- Se modifican algunos trámites contenidos en el anexo 1-A
- Aviso de cancelación por cese de operaciones
- Aviso de cancelación por liquidación de activo
- Revisión previa a la presentación del aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades
Se adjunta publicación para un mayor análisis de los cambios señalados